The Power of Mind

20.10.04

Reforma del código penal

Hola, en primer lugar quiero pedir disculpas por no poder actualizar el blog porque no tengo tiempo. Sólo deciros que tengo en mente otro proyecto mayor aunque sin olvidarme del weblog :)

¿Qué penas te pueden caer?

Tarjeta pirata para descodificar canales digitales de pago.
ANTES:No tipificado.
DESPUÉS:Fines comerciales: seis meses a dos años y multa (*) de seis a 24 meses.Tenencia (acceso no autorizado): multa de tres a 12 meses el que cometiere defraudación por valor superior a 400 euros,

Programas P2P (plataformas de descarga de ficheros) de descarga de música, video, software (Emule, etc.).
ANTES:El hecho típico no es la tenencia de programas P2P sino su utilización con fines de reproducción, plagio, distribución y comunicación pública, total o parcial. Requisito: ánimo de lucro y perjuicio de tercero: de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses.
DESPUÉS:Igual. No se han producido reformas.

Liberar un móvil.
ANTES:No tipificado.
DESPUÉS:Fines comerciales: seis meses a dos años y multa de seis a 24 meses.Tenencia (acceso no autorizado): multa de tres a 12 meses el que cometiere defraudación por valor superior a 400 euros.

Clonar un móvil.
ANTES:No tipificado.
DESPUÉS:Fines comerciales: seis meses a dos años y multa de seis a 24 meses.Tenencia (acceso no autorizado): multa de tres a 12 meses el que cometiere defraudación por valor superior a 400 euros.

Tenencia y uso de cracks (aplicación para desproteger un programa) y de generadores de claves.
ANTES:De seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses. Supuestos: siempre que se trate de software.
DESPUÉS:Igual. No se han producido reformas.

Utilización de redes inalámbricas de otras personas, sin su permiso.
ANTES:No tipificado.
DESPUÉS:Fines comerciales: seis meses a dos años y multa de seis a 24 meses.Tenencia (acceso no autorizado): multa de tres a 12 meses el que cometiere defraudación por valor superior a 400 euros.

Tener instalados programas que se saltan sistemas de seguridad, como Clone CD.
ANTES:No tipificado.
DESPUÉS:Tenencia respecto de obras interpretaciones o ejecuciones (música, streaming, películas etc.): de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses. Sin embargo no se ha definido el alcance del término "tenencia".


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